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Definición: Aguas destinadas al consumo humano

Agua es Vida. Niña que bebe agua de un grifo o una fuente

Estas páginas tratan, como su nombre bien dice, del agua. Daremos información sobre todo lo relacionado con el agua potable en su mejor estado – Aguas Gourmet.

El agua es el alimento más valioso para el cuerpo y, por tanto, no debe estar contaminada y lo más saludable posible, además de satisfacer nuestro paladar.

La población humana bebe más de 12.800 millones de litros de agua todos los días – el agua es la base de la nutrición animal y humana.

¿Estamos seguros de que el agua que bebemos es agua purificada y saludable, libre de metales pesados, productos químicos, residuos de medicamentos, sin virus, bacterias u otros contaminantes orgánicos e inorgánicos?

Así nos lo quieren transmitir o por lo menos ponen algunos límites a las contaminaciones. La siguiente definición de agua potable es la que da la Comunidad Europea.

La Directiva europea 98/83/CE entiende por aguas destinadas al consumo humano:

a) todas las aguas, ya sea en su estado original, ya sea después de tratamiento, para beber, cocinar, preparar alimentos u otros usos domésticos, sea cual fuere su origen e independientemente de que se suministren a través de una red de distribución,
a partir de una cisterna o envasadas en botellas u otros recipientes;

b) todas las aguas utilizadas en empresas alimentarias para fines de fabricación, tratamiento, conservación o comercialización de productos o sustancias destinados al consumo humano, a menos que a las autoridades nacionales competentes les conste que la calidad de las aguas no puede afectar a la salubridad del producto alimenticio final;

La Directiva no se aplicará:

a) a las aguas minerales naturales reconocidas como tales por las autoridades nacionales competentes, de conformidad con la Directiva 80/777/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales;

b) a las aguas que son productos medicinales a efectos de la Directiva 65/65/CEE del Consejo, de 26 de enero de 1965, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre especialidades farmacéuticas.

Tenemos en nuestra parte del mundo agua potable de buena calidad, se nos dice. Pero todos sabemos ya que esto podría ser mejor. Mucho mejor.

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